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mayo  15, 2024

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Los derechos de exportación en el comercio intra MERCOSUR

Por Alejandro D. Perotti


"a) La libre circulación de mercaderías constituye un principio jurídico de trascendental importancia para el proceso de integración regional, siendo pasible de servir de baremo de interpretación del ordenamiento normativo mercosureño, además de ser perfectamente aplicable en los procesos judiciales que se susciten a nivel interno. b) Según el derecho del MERCOSUR, esto es el TA y sus normas complementarias, el establecimientos de derechos de exportación en el comercio intrazona constituye una violación clara y manifiesta del ordenamiento regional, tal como lo ha sostenido el Tribunal del MERCOSUR. c) Las normas que establecen la prohibición de derechos de exportación intrazona, como lo ha determinado el Tribunal del MERCOSUR, son operativas, y además plenamente aplicables a litigios que involucran a particulares contra el Estado. d) El nuevo Código Aduanero del MERCOSUR – el cual aún no está vigente – no ha alterado la prohibición de tales tributos en el comercio intrazona, ni tampoco habría podido hacerlo, dado que por su jerarquía de “decisión” del CMC – es decir, “derecho derivado” – no puede contravenir al TA – en tanto norma del “derecho originario” –."

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Términos mencionados en esta doctrina: mercosur, derechos, exportación, comercio, constituye, regional, ordenamiento, intrazona.

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